Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente demanda de Nulidad de Acto Administrativo conjuntamente con medida de Amparo Cautelar, interpuesta por la ciudadana CATERINA RICUPERO STALLONE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.013.250, asistida por el abogado en ejercicio, Rafael Ernesto Domínguez Padrón , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.191, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS.
Se ordena notificar de la presente decisión a la ciudadana CATERINA RICUPERO STALLONE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.013.250. Cúmplase con lo ordenado.-
Publíquese, notifíquese y regístrese. Cúmplas.....