Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: NULAS TODAS LAS ACTUACIONES REALIZADAS a partir del auto 27de enero de 2014, que riela al folio N° 37.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los 25 días del mes de julio del dos mil catorce. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación
EL JUEZ
ABG. MAZZEI MANUEL RODRIGUEZ.-
LA SECRETARIA
ABG. AMARILIS RODRIGUEZ
Exp: 7190
MMR/AR/rfro.-