Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Nulidad contra la Providencia Administrativa de efectos particulares Nº 00119-13, emanada en fecha 28 de noviembre de 2013, emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del Estado Aragua, con sede la Ciudad de Cagua, mediante la cual se declaró Procedente el reclamo, intentado por el SINDICATO UNICO SOCIALISTA BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA PEPSICO ALIMENTOS S.C.A. (SUBTRAPEPSICO).