CAPITULO V
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en funciones de QUINTO de Juicio, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE a las ciudadanas: YURAIDY ANABEL MALAVE URBANEJA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.425.752, natural de Maracay, estado Aragua, nacido en fecha 17-07-1989, de 31 años de edad, profesión u oficio DEL HOGAR y residenciada en: BARRIO BELLA VISTA, MI CABAÑA PARTE ALTA,SECTOR II, CAGUA, ESTADO ARAGUA, TELEFONO 0424-342.46.71 (HERMANA); MARIA ROSANA ROMAN DIAZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 26.336.249, natural de Barbacoas, estado Aragua, nacida en fecha 24-05-1998, de edad 24 años, profesión u oficio: INDEPENDIENTE y residenciado en: AVENIDA 21 DE MAYO, SUR DE ARAGUA, FRENTE AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y TIERRA, ESTADO .....