´III. DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara; PRIMERO: se ORDENA la correcta conformación del litisconsorcio pasivo necesario en la actual ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana AURORA DEL CARMEN DÍAZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-7.285.606, asistida en dicho acto por el abogado en ejercicio José Aníbal Márquez debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.011, en contra de las ciudadanas YSADIRE BERENICE SANTAELLA DÍAZ y GEORGINA DEL CARMEN SANTAELLA DÍAZ, venezolanas, titulares de la cédula de identidad N° V-19.364.122 y V-13.625.148, respectivamente. SEGUNDO: se REPONE la presente causa al estado en que se dicte nuevo auto de Admisión de.....