Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por LA AUTORIDAD DE LEY, DECLARA la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA por motivo de PRESTACIONES SOCIALES y OTROS BENEFICIOS LABORALES, incoara la ciudadana NARBERMI TOVAR PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.013.451, contra la entidad de trabajo METALURGICA D&D 19, S.A.
Se le advierte a la parte actora que por cuanto lo que se está declarando es la INADMISIBILIDAD de la pretensión, podrá ejercer nuevamente su acción al día siguiente de que este auto quede definitivamente firme. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Pr.....