Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 13 de Julio de 2018, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, bajo esta motivación. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ADRIAN FEDERICO AUGUSTO BELLINA, ya identificado, en contra de la CASA PORTUGUESA DEL ESTADO ARAGUA, ya identificada. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, conforme a las previsiones de los artículos 59 y 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase la.....