En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, y del análisis de todas las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento interpuesta por la ciudadana; IRIS JOSEFINA GONZALEZ DE BORRERO, venezolana, mayor de edad, Cedula de Identidad NºV-8.824.030, debidamente asistida por el abogado, NERIO JOSE BAEZ COLMENARES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 128.807, en consecuencia queda rectificada el acta de nacimiento que corre inserta por ante el Registro civil Villa de Cura, municipio Zamora, del Estado Aragua, en fecha; diez (10) de junio de mil novecientos sesenta y cinco,(1.965),.....