Decisiones del dia 25/10/2010
N° Expediente :
QF-9963
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Funcionarial
Partes: JULIÁN LARA GONZÁLEZ CONTRA EL CUERPO DE SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICA DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
En cuanto a la prueba promovida en el Capítulo III, denominada "Prueba de Informe" del escrito de pruebas, y su oposición relativa a su impertinencia, ya que según alega, no fueron señalados de manera clara y precisa los hechos relevantes y debatidos en el proceso, este Tribunal Superior, declara Con Lugar dicha oposición, toda vez, que considera quien aquí decide que, el contenido de la solicitud de Informe promovido, específicamente el contenido de los particulares primero y cuarto, no son hechos debatidos en la presente controversia, y en cuanto al contenido de los particulares segundo y tercero su petitorio es impreciso e indeterminado. En consecuencia no se admite la prueba de Informe solicitada por ser manifiestamente impertinente. Así se decide
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.392
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo
Partes: ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIALES DEL ESTADO ARAGUA, CONTRA LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA CONTENIDA EN EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NO.043-01-09-03647, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, SANTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de pretensiones de amparo constitucional basados en lesiones q.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.466
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo
Partes: EMPRESA PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A, SOCIEDAD DE COMERCIO CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.386
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUARICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.417
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso De Nulidad
Partes: RUBÉN DARIO CÓRDOVA, CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUARICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resumen:
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Inspectores del Trabajo (derecho al trabajo y a la estabilidad en el trabajo), con ocasión de una relación laboral regulada por la Ley Orgánica del Trabajo, le corresponde conocer en primera instancia a los Juzgados del Trabajo, en consecuencia, resulta forzoso para este Tribunal declararse incompetente y declinar el conocimiento en la jurisdicción laboral, y así se decide.
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.408
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo
Partes: EMPRESA "PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A.", CONTRA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA MUNICIPIO ANTONIO JOSÉ DE SUCRE, URDANETA, SAN SEBASTIÁN, ZAMORA JOSÉ ÁNGEL LAMAS, SAN CASIMIRO Y CAMATAGUA CON SEDE EN CAGUA ESTADO ARAGUA
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de los recursos contra actos administrativos dictados por lo.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.397
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL FIFTEEN, C.A CONTRA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, SANTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCANTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10.384
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL ACABADOS VENEZOLANOS, C.A. (AVECA, C.A.) CONTRA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, SANTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCANTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10430
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL MOLINOS NACIONALES, C.A. (MONACA), CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUARICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
N° Expediente :
10435
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2010
Procedimiento: Recurso De Nulidad
Partes: DAISY DEL CARMEN NAVARRO DELGADO DIRECTORA DE LA COMPAÑÍA ANÓNIMA CONSTRUCCIONES DEINACAR, C.A. FIRMA MERCANTIL CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LOS MUNICIPIOS JOSÉ FELIX RIVAS, SANTOS MICHELENA, REVENGA Y BOLIVAR, CON SEDE EN VICTORIA DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Ahora bien, se desprende con meridiana claridad de la parcialmente citada jurisprudencia, que las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, que son órganos administrativos desconcentrados dependientes de la Administración Pública Nacional, se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual, y dada la especialidad de la materia y la protección constitucional reconocida, a la misma debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicta, para determinar que en el presente caso, "el juez natural no es el contencioso administrativo, sino el laboral".
En tal sentido, con fundamento en lo previsto en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia N° 955 supra citada y dado el carácter vinculante de la misma, en la cual se estableció, como antes se indicó, que el conocimiento de recursos contra actos administrativos dictados por los Insp.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo