CAPITULO IV
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Numero Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se otorga Medida Cautelar Sustitutiva a la privación Judicial preventiva de libertad al acusado ciudadano Filippi Rojas, Jesús Manuel de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.019.080, natural de la Victoria Estado Aragua, nacido el 17-07-1978, de 32 años de edad, de profesión obrero, de estado civil soltero, hijo de Luz María Rojas (v) y Hernán José Filippi (v), domiciliado en la Mora, calle 30, casa N° 35, La Victoria Estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: se Condena al acusado Filippi Rojas, Jesús Manuel, identificado ut supra, a cumplir la pena de Tres (03) Años, Tres (03) Meses de Pris.....