Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de abril de 2015, por el abogado en ejercicio JAVIER JOSÉ PEREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, contra la sentencia de fecha 25 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Por ende se DECLARA CON LUGAR la demanda por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA interpuesta por la sociedad mercantil PROMOTORA AGUA VIVA, C.A., en contra de la ciuda.....