DISPOSITIVA
CON BASE A LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscal 14° del Ministerio Público del estado Aragua, en contra del ciudadano: ENRIQUE MOISES BLANCO, por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 39, AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 y ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado 45 todos de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia