Por las razones expuestas de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer la presente demanda de contenido patrimonial interpuesta por el ciudadano Raúl Córdova, abogado inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 108.213, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Evaristo Manuel Henríques Goncalves, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 988.329; contra la Alcaldía del Municipio José Rafael Revenga del estado Aragua.
SEGUNDO: SIN LUGAR la presente demanda de contenido patrimonial interpuesta por el ciudadano Raúl Córdova, abogado inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 108.213, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Evaristo Manuel Henríques Goncalves, extranjero, mayor de.....