Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 07 de agosto de 2015, por el abogado CÉSAR PÉREZ VILLANUEVA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra la decisión de fecha 31 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida y se MANTIENEN las medidas decretadas en fecha 14 de mayo de 2014, por el Juzgado supra identificado.-
Dada la naturaleza del fallo no ha condenatoria en costas.-