Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentados por los ciudadanos HECTOR ALONSO CALDERÓN LÓPEZ Y YONDER HUMBERTO PÉREZ RÍOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 23.423.377 y 19.605.448, respectivamente, a través de su apoderado judicial abogado Yorgenis Paredes, inscrito en el Ipsa bajo el número 165.832, en contra del el Cálculo Pericial de fecha 03 de febrero de 2025, signado bajo el N° de Oficio OFSS-ARA-CI-0019-2025 y el Cálculo Pericial de fecha 28 de enero de 2025, signado bajo el N° de Oficio OFSS-ARA-CI-0014-2025, ambos dictados por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT-ARAGUA), DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, .....