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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos LIGIA DEL CARMEN NAVAS MATA Y JOHNNY LEONARDO PEREZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-15.601.285 y V.-14.740.619 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertador Palo Negro, Estado Aragua en fecha 04 de Septiembre de 1.999, quedando registrado bajo el Nº 62, Folios 127, Frente 128 y su Vuelto, como consta en los Libros de Registro Civil correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juz.....