declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la abogada Sarelda Arevalo Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula Nro. 112.291, actuando en su carácter de Co-apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "CENTRAL EL PALMAR, S.A.", ejercido en contra la providencia de fecha 06 de noviembre de 2014, por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el asunto identificado con letras y números DP41-K-2012-000031. Y así se decide. SEGUNDO: SE REVOCA, en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida, por evidenciarse el vicio de inmotivación de sentencia.- TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, este Tribunal Superior de conformidad con el artículo 488-D de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y de conformidad con el artículo 209 del Código de Procedimiento Civil, pasa a dictar sentencia propia en los sig.....