Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por la ciudadana Celiz Sulimn Cepeda Osorio, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.500.435, debidamente asistida en ese acto por la ciudadanas abogadas Kelys Alcalá Key y Noelis Flores de Cardozo, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo los Nros. 40.192 y 16.080, contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA.
SEGUNDO: INADMISIBLE POR CADUCIDAD el RECURSO ONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por la ciudadana Celiz Sulimn Cepeda Osorio, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.500.435, debidamente asistida en ese ac.....