IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES interpuesta por la abogada AMERICA RENDON MATA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Numero V-587.125, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 4.262, procediendo en este acto como apoderada judicial de la ciudadana abogada JANNEFER GRATEROL venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Numero V-9.696.756, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 64.073, en contra del ciudadano MANUEL RODRIGUEZ REY, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Numero V-2.961.200. En consecuencia, se acuerda que la aboga.....