-III-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua (EN SEDE CONSTITUCIONAL), administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ha decidido:
PRIMERO: Se DECRETA la medida cautelar innominada solicitada por la abogada LINA ROSA CAMACHO CAMACHO, en representación de la sociedad mercantil WILLIAM PEARSO, C.A., identificados anteriormente.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración se ordena la SUSPENSIÓN de los efectos del auto dictado en fecha 03 de Mayo de 2012 por el Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que decretó de la ejecución forzosa de la sentencia emanada de ese Tribunal de fecha 07 de Febrero de 2012, dictada en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento siguió INMOBILIARIA CAMPIOLI COMPAÑÍA ANÓNIMA (INMACA) contra SUMINICTROS.....