Este organo Jurisdiccional acuerda PRÓRROGA de QUINCE (15) DIAS para presentar el ACTO CONCLUSIVO en la investigación que sigue en contra del imputado PADRINO ARISTIGUETA JORGE , toda vez que hasta la presente fecha aún faltan por recabar resultas de algunas diligencias urgentes y necesarias para ejercer el acto conclusivo respectivo, siendo las mismas de vital importancia para la presente investigación; y por cuanto este Juzgador considera que dicho pedimento no se encuentra fuera del lapso que consagra el parágrafo único del artículo 82 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual establece: