DECISION
Por los razonamientos antes expresados, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano: ABG. PEDRO JOSE CORTEZ ARMAO, en su carácter de Defensor Privado del aludido imputado RAFAEL ALEXANDER FEBRES HERRERA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.174.112, por ser presuntamente responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA, previsto en el numeral 1° del artículo 406 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso JEAN CARLOS DIAZ RODRIGUEZ., Imputado en el asunto principal NP01-P-2009-007685; recurso ese interpuesto contra la decisión emitida el 29 de Diciembre de 2009, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal de Guardia, mediante la cual decretó Medida Privativa de Libertad del.....