De la interpretación de las anteriores disposiciones legales se evidencia, que el Procedimiento Cautelar de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, faculta al legislador a dictar como a instancia de parte u oficio, Medidas Cautelares Provisionales orientadas a proteger el interés colectivo y proteger la Seguridad Agroalimentaria; asimismo es necesario mencionar las etapas del procedimiento, que son, la ejecución de la Medida Preventiva, luego se apertura una articulación probatoria de ocho (8) días, para que los interesados evacuen las pruebas que consideres provenientes; y por ultimo la publicación de fallo definitivo; en el presente caso el Apoderado Judicial de la parte actora solicitó mediante escrito a esta Instancia Agraria pruebas de informes, dirigida a las instituciones anteriormente descritas, para que remitan información acerca de la Sociedad Mercantil Granjas Cantaralia C.A, lo que estima esta Juzgadora que la presente causa no se encuentra en etapa de pruebas, para oficiar.....