En este estado, el Tribunal vista la inhibición presentada por el ciudadano Gustavo Fischer, antes identificado como apoderado judicial de la Depositaria Judicial La Nacional, C.A., acuerda dar lugar al procedimiento previsto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil ante el Tribunal de la Causa. Así mismo, en relación al pedimento formulado por el apoderado ejecutante referido a la designación de un depositario ad hoc, este Tribunal estima pertinente considerar lo planteado en el artículo 539 del C.P.C., en el sentido de que todo depositario judicial deberá ser confiado a las personas legalmente autorizadas para tal fin y de no ser posible se podrá confiar a personal solvente y responsable hasta tanto se efectúe el depósito. En el caso concreto, resulta imposible verificar al Tribunal en esta oportunidad la idoneidad de persona alguna con las condiciones de solvencia y responsabilidad que exige la Ley, por lo que a tales efectos y de conformidad con lo previsto en el artíc.....