En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial