Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana Martha Margarita Viera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.700.953, en beneficio de hija ***** de 15 años de edad, contra el ciudadano Félix Avila, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 12.480.093, y habiéndose establecido la capacidad económica del obligado, y por cuanto, en la actualidad el salario mínimo fue fijado por el Ejecutivo Nacional en la cantidad de Bs. 1.064,25 mensual, según Gaceta Oficial No. 39.372, de fecha 23 de febrero de 2010, Decreto No. .....