DESISTIDO el procedimiento y extinguida la instancia, en la demanda de ejecución de fianza interpuesta conjuntamente con medida cautelar de embargo por los abogados RAFAEL DOMÍNGUEZ MENDOZA, ALEJANDRO URDANETA, LUIS LEONARDO CARDENAS y GUILLERMO AZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.112, 138.836, 71.833 y 120.986, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA (INFRAMIR), contra la Sociedad Mercantil "MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A", por la cantidad de trescientos sesenta y nueve mil novecientos noventa bolívares con veinte céntimos (Bs. 369.990,20), de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa