Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 09 de marzo de 2017, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de la Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSÉ ABRAHAM SOLÓRZANO APONTE, ROSMEL SAÚL MIRANDA APONTE, JOSÉ LEOTULFO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, DANNIS FRANCISCO CASTELLANOS PÉREZ, FRANKLIN RAFAEL PLANCHEZ RIVAS, VERÓNICA ERNESTINA VALECILLO YEPEZ, MANUEL ARGENIS FRUTO ORTUNIO, JOSÉ DEL CARMEN REQUENA BURGOS y MIGUEL EDUARDO AGUIRRE, ya identificados, contra la sociedad mercantil .....