D E C I S I O N
En razón de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Desalojo de Local Comercial (Galpón,) incoada por la sociedad mercantil "AMECA, AMERICA METALS, C.A", inscrita originalmente en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 20 de octubre de 1986, anotado bajo el Nº 56, tomo 21-A, y posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, el dieciséis (16) de diciembre de 1993, bajo el Nº 98, tomo 598-A, representada por sus apoderados judiciales abogados EDDY PEÑA y FERNANDO OLIVO, inscritos en el inpreabogado bajo los números 25.244 y 80.486, ubicado en la Calle Colombia,.....