DECISION
Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ACORDO: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 9° del ministerio publico del estado Aragua en contra del imputado DENNYS LUCENA SABALA, por la calificación del delito HURTO CALIFICADO, de conformidad con el artículo 453 Ordinales 3°, 4° y 6° del Código Penal,. SEGUNDO: Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del imputado de autos que viene gozando, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 ordinal 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal consistente en presentaciones cada (45) días ante la oficina de alguacilazgo y estar pendiente del proceso. TERCERO: El tribunal procedió a imponer a los acusados, de sus derechos procesales y constitucionales previstos en el artículo 49, ordi.....