Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por que por motivo de DESALOJO, intentado por la ciudadana YAJAIRA MARGARITA VILLALBA VELIZ en contra de la ciudadana BRENDA SINEYLA MUÑOZ BASTIDAS titular de la cédula de identidad N°. V-14.665.729, mayor de edad, y de este domicilio, ésta en su carácter de arrendataria, del inmueble ubicado en URBANIZACIÓN LA MARACAYA 5TA AVENIDA N° 203-A, Municipio Girardot de Maracay, Estado Aragua, para uso familia.,
Al hilo de la presente decisión, queda resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, y, en consecuencia extinguidas las obligaciones derivadas del mismo y se condena:
1°. A la parte demandada a hacer entrega del iden.....