Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante, este Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos, por lo que se demostró un error material en el acta de nacimiento de la solicitante, específicamente en cuanto a la omisión del primer nombre de su madre, es decir, "Francisca", siendo lo correcto "Francisca Aquilina Guillén Briceño". En consecuencia, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por la primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Acta de Nacimiento N° 1048 año 1953, en cuanto al nombre de la madre de la solicitante. En consecuencia, donde dice: "Aquilina Guillén Briceño", debe decir "Francisca Aquilina Guillén Briceño" ASI SE DECIDE.
Regístrese, Publíquese y .....