Así pues, pasa este Tribunal a pronunciarse en sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas por el abogado Rafael Guillermo Maluenga Hurtado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 6.281, representando al ciudadano José Manuel Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.092.312, en su escrito de fecha 18/05/2014, evidenciando que, 1) Prueba Testimonial; no se manifiestan como ilegales o impertinentes por lo que deben ser declaradas admisibles. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Turmero las ADMITE. y en consecuencia se acuerda fijar Audiencia de Evacuación de Testigos para el tercer día de despacho siguiente a la publicación del presente fallo a las nueve(09:00), nueve y treinta(09:30), diez (10:00), diez y treinta(10:30) y once(11:00) de la mañana para que comparezca la parte por ante esta Instancia Agraria, con los testigos iden.....