PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por la represente de la Fiscalía Décima Novena (19°) del Ministerio Público, presentada en fecha: 31-08-2020 y recibida por este despacho judicial en fecha: 24 de septiembre de 2020, en contra del ciudadano imputado VIRGILIO JOSE CELIS BERMUDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.779.928, plenamente identificado, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previstos y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: se admiten en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser lícitas, necesarias y pertinentes para el juicio oral y público. TERCERO: Vista la admisión de hechos efectuada por el acusado, ya identificado ut supra, Se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, para el ciudadano POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previstos y sanc.....