III
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO ARAGUA. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos REBECA PIMENTEL CARBALLO Y JESÙS ENRIQUE DELGADO LÒPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédulas de identidad Nros V-25.858.690 y V-25.070.647, respectivamente, de conformidad con el criterio Jurisprudencial establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 693 de fecha 02/06/2015, en el expediente 12-1163, en concordancia con la sentencia Nº 1710, de fecha 18/12/2015, en el expediente 15-185. En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial, contraído en fecha 29-12-2017, por ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Camatagua del estado Aragua, con sede en Camatagua.-.....