DECISIÓN: "...PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana abogada MARYORIE CRISTINA BLANCO NAVEA, en contra de la decisión dictada el termino de la audiencia preliminar, por parte del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de fecha seis (06) de abril de dos mil veintidós (2022), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional planteada por la ciudadana abogada MARYORIE CRISTINA BLANCO NAVEA en su condición de defensa privada del ciudadano acusado MARCOS MORENO RAMIREZ, por haber optado por recurrir a la vía ordinaria de la apelación, en atención al contenido del numeral 5, del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales..."