DECISIÓN
Esta Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara DESISTIDO el recurso de revisión interpuesto, por la reforma del Código Penal, publicada en gaceta oficial en fecha 13-04-05, bajo el número 5.768, a favor del penado JOSE GREGORIO FLORES URRIETA, en contra de la sentencia dictada en su contra el 05-12-05, por el Juzgado Sexto (06º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien lo condenó a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1º, en relación con el artículo 407 ambos del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el Artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y remítanse las presentes actuaciones a al Juzgado Duodécimo en Funciones.....