Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por ENFERMEDAD PROFESIONAL intentara el ciudadano LORENZO GIL CASTRO MADRID, en contra de las empresas HECTOR HOFFMANN Agentes Aduanales, C.A., AGUEQUIP, S.A., CONSOLIDATED FREIGHT, S.A., ALMACENADORA LA GUAIRA , C.A., ALMACENADORA CUMBOTO, S.A. Y ALMACENADORA MARGARIRA, C.A., identificados en autos, en consecuencia, se ordena la cancelación de la cantidad de Dos Millones Ochocientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve Bolívares con Veintiocho Céntimos (Bs. 2.879.999,28).-