este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano: LUIS GREGORIO BARRIOS, titular de la cédula de identidad número V-12.737.007 en contra de la Sociedad de Comercio: CADENA DE TIENDAS VENEZOLANAS (CATIVEN S.A.), plenamente identificados en autos. No hay condenatoria en costas procesales, de conformidad con lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
PUBLÌQUESE Y REGISTRESE.