Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
CON LUGAR la demanda de nulidadel interpuesta por el abogado Jesús Enrique Duran Hernández inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 22.917, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AGENCIA DE FESTEJOS SAN ANTONIO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda bajo el Nº 24, Tomo 63-A Sgdo., de fecha 16 de noviembre de 1998, cuyas últimas modificaciones quedaron anotadas en el referido Registro bajo el Nº 51, Tomo 234-A-Sgdo., de fecha 24 de noviembre de 2008 y bajo el Nº 30, Tomo 31-A-Sgdo contra la DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, en consecuencia:
NULO el acto administrativo contenido en la R.....