Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada el ciudadano LUIS ARTURO OSPINA RUIZ, identificado con la cedula de identidad V-15.863.792, Contra la ciudadana AURA ELBA CONSUEGRA ARCINIEGAS, identificada con la cedula de identidad V-11.022.566, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dos (02) de agosto del año 2016, el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según acta de Matrimonio N° 316, folio 66, tomo b, Año 2016. Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016.