D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos OSWALDO JOSE BALOA FAJARDO y ELIZABETH GARCIA CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.678.340 y V-10.363.085. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Juez del Municipio Las Tejerías de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 21 de Diciembre de 1987