Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentando por la por el ciudadano WILFREDO JOSE ANDRADE CARDOZA, cédula de identidad N° V-13.355.187, debidamente asistido por el abogado ERICK RIOS, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.192.416, en su carácter de trabajador, y por la entidad de trabajo SUMINISTRO DE CAPITAL HUMANO EMPESA DE TRABAJO TEMORAL SUCHETT SA representada por la abogada LILIAN MARTINEZ, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.102.433.
SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el art.....