III
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por Desalojo (vivienda), incoada por la ciudadana SOL ASTUDILLO ZARRAGA, identificada en autos, contra el ciudadano MIGUEL ÁNGEL DÍAZ GONZÁLEZ, identificado en autos. En consecuencia se CONDENA a la parte demandada en hacerle entrega a la parte demandante del inmueble ubicado en la Urbanización Caña de Azúcar, Sector 10, Vereda 23, distinguido con el N° 07, Código Catastral N° 050802U10V2307, del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, con una extensión de terreno, que mide sesenta y un metros cuadrados con Sesenta Decímetros Cuadrados (61,60 M2), y comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: En Tres Metros con Cincuenta Centímetros (3,50 mts) límite con la Vereda 21; SUR:.....