PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha cuatro (04) de Julio de 2022, por el ABG. KERVIS NUÑEZ GOTTO, Defensa Privada del ciudadano ENRIQUE TORRES REINOSO, titular de la cedula de identidad Nº V-11.091.925. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: SE ADMITE: el recurso de apelación interpuesto en fecha cuatro (04) de julio de dos mil veintidós (2022), por el ABG. KERVIS NUÑEZ GOTTO, Defensa Privada del ciudadano ENRIQUE TORRES REINOSO, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de fecha veintisiete (27) de junio del año en curso, en la causa signada bajo el Nº 4C-SOL-2681-22, que entre otros pronunciamientos acordó ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Séptima (7º) del Ministerio Público, por la .....