Conforme a los razonamientos precedentes, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de nulidad presentada contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administraba signada OFSS/0072-2016 de fecha 08 de septiembre de 2016, dictada por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT-ARAGUA), DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), mediante la cual, se declaró improcedente la implementación de la propuesta de mejora del plan de limpieza programado para el día 01 de octubre de 2016. SEGUNDO: NULO el acto administrativo impugnado.