DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la ciudadana: CELIA PAULINA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.321.890, contra el ciudadano: OSCAR JOSE CORDOVA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.154.122
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio GIRARDOT del Estado Aragua en fecha 2 de Julio del año 2.010, según consta en ACTA DE MATRIMONIO Nº 12, TOMO V, AÑO 2.010.
Publíquese, Regístres.....