Mediante el presente asociado se corrige error involuntario material de la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo del penado "DECLARA" acreedor DE LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, al ciudadano RAMÓN ARMINIO CHACÓN, actualmente recluido en el Centro Penitenciario Nor-Oriental Monagas "La Pica", según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo o estudio, reduciéndose la pena impuesta de ONCE (11) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, con la redención aquí acordada la misma le queda en OCHO (8) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS DE PRISIÓN. Evidenciándose que terminará de cumplir la pena el 15 de Abril de 2020