En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia NOVENO ITINERANTE EN FUNCIONES de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA a la acusada ESCARLET DAYANA RODRIGUEZ PEREZ titular de la cedula de identidad Nº V-27,233,631, nacido en fecha 13-03-1996, de 23 años de edad , Estado Civil: Soltera, Profesion: Ama de casa con dirección en PARCELAMIENTO 207. CASA N° 09 SECTOR ROMULO GALLEGOS , RAFAEL URDANETA, LA MORITA ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de HURTO previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal a cumplir la pena es de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, conforme a lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ABSUELVE a la ciudadana: ESCARLET DAYANA RODRIGUEZ PEREZ titular de la cedula de identidad Nº V-27,233,631, nacido en fecha 13-03-1996, de 23 a.....