DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO UNICO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, y en consecuencia Extingue la Acción Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48.7, 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 45 Ejusdem, a favor del ciudadano JORGE ANTONIO BAPTISTA TELLES, venezolano, de 49 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.169.144, fecha de nacimiento: 11-06-61 , estado civil soltero, de profesión u oficio: Mecánico, natural de Valera, Residenciado en: Callejón Libertador, Casa N° 625, Pie de Sabora, Valera Estado Trujillo, Teléfono: 0271-2443911, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, previstos y sancion.....